Cuando la vida cambia, una de las preocupaciones que aparecen son las relacionadas a los trámites relacionados a estos días tan difíciles.
Y justamente, muy unida esta situación, se encuentra la parte económica, cuando los recursos son limitados. Sin embargo, dentro de nuestra legislación en Chile, existe un beneficio para costear parte de los ritos funerarios de tus seres queridos.
Es por eso que desde Parque jardín del Sur te traemos 5 preguntas esenciales para quienes no conocen lo que es la cuota mortuoria.
1. ¿Qué es la cuota mortuoria?
La Superintendencia de Pensiones, la cuota mortuoria te permite financiar parte de los costos relacionados al fallecimiento de una persona con el saldo de la cuenta individual y es pagada por la AFP donde se encontraba afiliada o la institución en que estaba pensionada, o por el Instituto de Previsión Social (IPS) en caso de no pertenecer a la AFP.
2. ¿A quién se le entrega el beneficio de la cuota mortuoria?
El reembolso del beneficio se efectúa a cualquier persona o entidad que acredite haberse hecho cargo de los gastos funerarios.
3. ¿De cuánto monto se dispone con el beneficio de la cuota mortuoria?
El total de los gastos en servicios funerarios, con un tope de 15 UF, en seguros y AFP. Por su parte $631.374 si serán asignados por el Instituto de Previsión Social, ajustable el 1° de marzo de cada año.
A través de Capredena se otorga un valor fijo de $372.022 y Dipreca, entregará un monto igual al de su pensión imponible, verificando valores con colilla de pago.
4. ¿Cómo saber si soy beneficiario de la cuota mortuoria?
Para verificar la afiliación en el IPS, el beneficiario deberá ingresar a la página IPS en Línea ( https://persona.ipsenlinea.cl/IpsEnLinea/web/index.jsf,) escribir el usuario del fallecido, seleccionar “Asignación por Muerte” y digitar el RUT del beneficiario. Luego de estos pasos, les indicará si posee beneficio o tiene “Afiliación/Pensión” que corresponde a AFP.
Para verificar su afiliación de AFP, deberá ingresar a la página de la Superintendencia de Pensiones (https://www.spensiones.cl/portal/institucional/594/w3-channel.html ), pinchar en “Consulta de Afiliación” y digitar el RUT del beneficiario en las celdas correspondientes.
5. ¿Cuáles son los requisitos para optar por este beneficio?
Cada institución tiene sus propias políticas para solicitar el retiro de los fondos del beneficio de la cuota mortuoria, no obstante hay ciertos documentos estandarizados para obtener este beneficio.
Cesión de derechos, en caso de ser IPS.
Solicitud de Cuota Mortuoria (planilla que aplica cada AFP).
Formulario de la compañía de seguros, si corresponde.
Si la cuota se realizará a través Dipreca o Capredena, se debe ocupar una cesión de derechos (similar a la del IPS).
Certificado de defunción del afiliado o pensionado.
Facturas o documentos que acrediten los gastos del funeral.
Documentos que acrediten la relación de parentesco con el afiliado, cuando corresponda.
Generalmente, se solicita una fotocopia de la cédula de identidad del contratante fallecido (legible, por ambos lados).
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